Fechas de pago

 

Nuestros servicios deben ser pagados por adelantado, para garantizar la prestación del mismo. Las fechas de pagos son las siguientes, según cada concepto: Inscripción y Mensualidad.

Matrícula de inscripción: Puede efectuarse de la siguiente forma en los plazos correspondientes según el caso:

Inicio de nuevo año escolar. El cual implica dos (2) momentos y periodos:

  1. Preinscripción: Durante el plazo regular para el proceso, en las tres (3) últimas semanas del mes de julio, periodo en el cual corresponde pagar el costo vigente para dichas fechas (130$ para el año 2022-2023), mientras se define (entre julio y septiembre), el monto para el nuevo año escolar (2023-2024), el cual se sustenta mediante estructura de costos acordada en Asamblea Escolar, la cual consiste en análisis, discusión y aprobación mediante votaciones. Este primer pago le da acceso al nuevo representante, a dicho espacio, con voz y voto. 
  2. Inscripción (complemento): Luego de aprobado el nuevo monto (Año escolar 2023-2024) en Asamblea Escolar (El mismo fue de 150$), se deberá pagar el complemento (20$), lo cual se debe hacer en la primera semana del mes de septiembre o incluso, hasta la primera semana de diciembre (pago fraccionado).

Ingreso inmediato (en caso de haber cupo disponible en cualquier momento del año escolar): En un plazo no mayor de dos (2) días hábiles luego de confirmado el cupo por parte del colegio y completado la parte documental e informativa (Inscripción en línea). Se puede pagar de manera fraccionada (esquema anterior), si el ingreso es antes de diciembre (2023) y completa, si es posterior. El monto de inscripción, en algunos casos, se puede reducir (monto menor al año completo), si es un ingreso en cualquier otro momento que no sea el inicio del año escolar, ni el primer lapso (dependiendo de ciertas circunstancias administrativas). 

 

MensualidadDebe efectuarse durante los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, los 12 meses del año escolar, desde septiembre del primer año calendario hasta agosto del siguiente año, exceptuando el mes de diciembre, por el tema de las vacaciones colectivas de temporada, y agosto, que para garantizar la prosecución y/o solvencia administrativa, así como previendo el cierre administrativo anual, debe efectuarse a más tardar, cinco (5) días hábiles antes del periodo regular (antes de primera semana de agosto).

Si el pago se hace fraccionado, corresponde hacerlo de la siguiente forma:

  • 1ra mitad, durante la primera semana (primeros 5 días hábiles del mes).
  • 2da mitad, durante tercera semana del mes.

 

En el siguiente calendario, aparecen los días que se corresponden con la 1ra y 3ra semana, que son en los cuales deben realizar los pagos, ya sea total o fraccionado.

 

Postpago: Todo incumplimiento de las fechas de pago, incurre en mora, lo cual puede implicar medidas administrativas especiales. La fecha del pago tomada en cuenta para contabilizar el pago y cualquier cargo relacionado, es la fecha en que se hace efectivo el pago al colegio, no la de su tramitación o reporte.

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CEIVA (Centro de Educación Inicial Villa América)

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